Parece
que la nueva Corporación Municipal esta "revolviendo en los archivos"
indagando en el estado de las concesiones municipales. Pues bien, supongo que
le llegara el turno a la "extraña concesión" del Playa Club que por
las constantes irregularidades puede dar lugar a un contencioso contra el
Ayuntamiento.
Tras
múltiples escritos dirigidos al
Ayuntamiento de A Coruña, vía registro, sobre las constantes irregularidades cometidas
en la concesión del Playa Club que lleva
años incumpliendo el pliego de condiciones por la que fue concedida, y por lo
tanto debiera de ser rescatada, no hubo contestación al respecto, a pesar de
que su estado actual puede considerarse "por lo menos" como
"alegal " --Paco Vázquez ·"dixit".
Un
ejemplo: el concesionario a cambiado de nombre, aunque sigue figurando el NIF
de la primera sociedad, en la que figuraba como representante legal. Supongo
que esta "ocultación" viene motivada por no solicitarse un cambio de
concesionario que, de dar el visto bueno el Ayuntamiento, la concesión tendría
que salir a concurso público que de esta forma se "evitó".
Durante
años la prensa vino denunciando -- sin que pasara nada -- el estado de abandono
de "Los Arcados" que se incluyen en la concesión y que hace 20 años,
tenía que estar habilitada tal y como figuraba, y se "exigia" en el
proyecto por el cuál fue concedida la
concesión.
Otro
"detalle" que encontrarán es que nadie a lo largo de estos últimos años "ojeó" el pliego de condiciones
haciendo caso omiso a su contenido.. Sorpresa y gorda tendrán cuando lean en
dicho pliego que la parte de la terraza,
donde recientemente se inauguró un nuevo local
no pertenece a la concesión: ¡Es
pública!.
La pregunta de ¿Quién dio el permiso para
efectuar dichas obras, y otras anteriores, perforando una zona pública y haciéndola privada?, es de lo
más pertinente. En el pliego de condiciones de la concesión, que obra en mi
poder --y deduzco que está en el
Registro General del Ayuntamiento -- se hace constar su utilización " bajo las condiciones de que "su explotación se hiciera por medio de instalaciones de carácter
móvil, que no imposibiliten la libre circulación de personas; en todo caso con
el consentimiento previo del Excmo. Ayuntamiento y la supervisión del
Arquitecto Municipal".
De
ahí que en el proyecto definitivo del grupo TAU presentado en abril de 1993 y aprobado en pleno el 22 de
abril de 1993 , se contemplaban techos y ventanas correderas para dicha terraza
de uso público y no permitía ningún aparato de aire acondicionado encima de las
instalaciones de carácter móvil, para mantener la ordenación urbanística.
Hoy
en día esas "exigencias" , a la vista está, se han quedado en "papel mojado", como un amplio porcentaje de las condiciones exigidas en el
pliego, que obligan al concesionario a
ajustarse a las especificaciones realizadas en él.
Su no cumplimiento está "penalizado"
pudiendo llevar al rescate y a un posterior concurso público. Todo, menos hacer
la vista gorda, como hasta ahora.
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